SOBRE EL MANUAL DE CONVIVENCIA

RESEÑA HISTÓRICA RINCON DE CIENCIA Y TECNOLOGIA BIENVENIDOS E.N.S.S. T EL MANUAL DE CONVIVENCIA CURSO OCHO TRES (8-03) ENLACES RECOMENDADOS BLOGOSFERA. CHARLEMOS.........UN POCO.... FOTOS DE ESTUDIANTES BIENVENIDOS  A ESTA PAGINA DE INFORMACION. Photo Contact Blank

ALGUNAS INFORMACIONES DE INTERES

Algunos apartes del Manual de Convivencia Institucional serán colocados aquí.

COMO ESTÁ ACORDADO NUESTRO UNIFORME?

Uniformes.

 1. Uniforme de gala para personal femenino: Grados 6º a 11º: Jardinera de paño azul oscuro que cubra la rodilla, según modelo, camisa blanca con cuello redondo, corbatín de cinta faya azul oscura de un centímetro de ancho, medias veladas color grafito, zapatos azul oscuro según modelo y guantes blancos. Transición y Primaria: El mismo uniforme de diario sin saco y guantes blancos.  

2. Uniforme de diario para personal femenino: Grados Transición a 11º.

 Jardinera de paño azul oscuro que cubra la rodilla según modelo, camisa blanca con cuello redondo, corbatín de cinta de faya color azul oscura de un centímetro de ancho, media-media blanca de lana, zapatos azul oscuros con suela de goma y cordones blancos para amarrar, buzo de lana azul oscuro de cuello en V con el escudo de la Escuela Normal Superior Santiago de Tunja, bordado en relieve, resorte azul, blanco y rojo en el cuello, puños y cintura. Delantal en tela azul de cuadros según modelo (para las niñas de Preescolar a Quinto de Primaria).  

3. Uniforme de gala para personal masculino: Grados 1º a 11º

 Vestido de paño azul oscuro, camisa blanca de cuello, corbata azul oscura de un solo fondo, medias azul oscuro, zapatos de cuero negro con cordones para amarrar.  

4. Uniforme de diario para personal masculino Camiseta o franela blanca, camisa blanca de cuello sport, buzo azul oscuro de cuello en V, con el escudo de la Escuela Normal bordado en relieve, resorte azul, blanco y rojo en el cuello, puños y cintura; jeans  color azul oscuro, zapatos de cuero negro con cordones para amarrar.  

5. Uniforme de Educación Física, Recreación y Deporte: Unisexo

 Camiseta blanca de cuello redondo con el escudo de la Escuela Normal, pantaloneta azul rey, zapatos tenis blancos, medias blancas y sudadera azul rey en tela náutica según modelo.  

6. Uniforme para estudiantes del Ciclo Complementario

Conjunto de chaqueta y pantalón azul oscuro, según modelo, buzo gris perlado con logotipo de Normalista Superior bordado en azul rey y rojo; zapatos según modelo  para las damas y para los caballeros zapatos mocasines negros .Cuando se encuentren en Práctica Pedagógica Investigativa deberán portar este uniforme y además una bata blanca. 

7. Uniforme de Educación Física, Recreación y deportes para estudiantes del Ciclo Complementario: Unisexo

 Sudadera azul oscura en náutica, según modelo; camiseta blanca, cuello sport con líneas azul y roja; las anteriores con el logotipo de Normalista Superior bordado en azul rey y rojo, zapatos tenis azul oscuro.

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...................Y DE LA CONVIVENCIA QUE?

 PROCESO DISCIPLINARIO, ACCIONES FORMATIVAS Y SANCIONES.

 ARTÍCULO 10. En razón a que en la Institución el derecho comunitario prima sobre el derecho individual, el incumplimiento de los deberes y el abuso de los derechos consagrados en el éste Manual de Convivencia por parte de los estudiantes, tendrá el siguiente procedimiento de conciliación y concertación para orientar, formar y corregir: 1.   Diálogo del estudiante o estudiantes presuntamente implicados con el profesor que observó la falta. De no solucionarse el caso tratado, el profesor informa al Director de Curso. 2.   Diálogo del estudiante con el Director de Curso y/o remisión a sicoorientación; si la situación persiste, se analizará el caso simultáneamente: profesor, director de curso, sicoorientación y estudiante. Si no hay conciliación, se remitirá el caso al Coordinador de Convivencia de la jornada, con los descargos escritos en el observador del estudiante. 3.   Diálogo del estudiante y Padre de Familia con el Coordinador de Convivencia, el psicoorientador de la Jornada y el director de curso, quienes analizarán el evento y el Observador del Estudiante diligenciado y concertarán las acciones formativas. Si en esta etapa persiste la situación y si el caso amerita, será remitido a Rectoría. 4.   Diálogo del estudiante, Padre de Familia, Director de curso, Psicoorientador y Coordinador de Convivencia con el Rector, quienes analizarán nuevamente la situación y conciliarán las acciones formativas correspondientes. 5.   En caso de haber agotado el anterior procedimiento y no se haya llegado a la conciliación, el caso será remitido al Consejo Directivo. PARAGRAFO UNO: Si la falta cometida es de carácter académico, posterior a la remisión a sicoorientación, será remitido por el Director de curso a Coordinación Académica. PARÁGRAFO DOS: El tiempo para la conciliación será de tres días hábiles contados a partir de la ocurrencia del hecho. Todo el proceso de conciliación y concertación debe quedar registrado por escrito en el Observador del Estudiante con firmas de: estudiante, profesor, director de curso, padre de familia, psicoorientador, Coordinador de Convivencia y Rector. En caso de que el estudiante se niegue a firmar el Observador, se dejará constancia d ello en el mismo documento ante un testigo hábil. Los procedimientos que se establecen para orientar, formar, corregir y sancionar serán aplicados de acuerdo a la gravedad de la falta. La acumulación de faltas graves, sin atender a las acciones formativas concertadas y conciliadas, se consideran faltas gravísimas. 

1.    Amonestación Verbal: Por parte del profesor que tenga conocimiento de la falta, con anotación en el Observador del Estudiante y firma del estudiante y profesor. Se acordará un compromiso de mejoramiento. 

2.    Amonestación Escrita: Con anotación en el Observador del Estudiante y firmas del estudiante, padre de familia, director de curso, psicoorientador y Coordinador de Convivencia y/o Coordinador Académico, cuando el comportamiento de los estudiantes es reincidente y/o es tan determinante que afecta el desarrollo de alguna actividad o se considera falta grave. 

3.    Privación de la representación: El estudiante implicado no podrá representar a la Institución en actividades deportivas, culturales, cívicas y/o sociales. Nota.  Contra las anteriores sanciones no procede recurso alguno. 

4.        Suspensión. Cuando la falta o conducta es reincidente, o reviste alguna gravedad, el estudiante será suspendido de la jornada académica por un término no mayor de cinco (5) días. La suspensión se realizará mediante Resolución Rectoral. Durante el tiempo de suspensión el estudiante permanecerá en la Escuela Normal con el objeto de realizar un trabajo de carácter social y formativo, Los estudiantes de Básica Primaria y Necesidades Educativas Especiales deberán estar acompañados por uno de sus padres de familia en la realización del trabajo. El coordinador de convivencia, el psicoorientador y el docente de apoyo asignarán y supervisarán la ejecución del trabajo el cual debe ser sustentado por el estudiante, con la presencia del padre de familia frente a los compañeros. 

5.  Cancelación de matrícula. Cuando la falta lo amerite o después de haber seguido el procedimiento anterior, si el estudiante continúa infringiendo el Manual de Convivencia; el Rector dictará la Resolución por medio de la cual se cancela la matrícula, resolución que se emitirá previo concepto del  Consejo Directivo.  PARÁGRAFO: La gravedad de una falta o cuando el estudiante sea sorprendido en el momento de la comisión del hecho por personas de la Comunidad Educativa se puede omitir el procedimiento disciplinario o conducto regular; en tal caso, el Rector, asumirá la situación directamente en concordancia con el Coordinador de Convivencia y el Psicoorientador y/o a su juicio del Consejo Directivo. 

ARTÍCULO 11. Derecho a la Defensa 

Ante la determinación de cancelación de la matrícula y pérdida de la calidad de estudiante de la Escuela Normal Superior Santiago de Tunja, los Padres de Familia o el Acudiente y/o el estudiante tendrán derecho a interponer Recurso de Reposición ante el Rector y/o de apelación ante el Consejo Directivo, dentro de los tres días hábiles siguientes a la notificación del Acto Administrativo. Pasados los tres días hábiles la determinación quedará en firme.

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LEY 1098 DE 2006 (noviembre 8)

 

Por la cual se expide el Código de la Infancia y la Adolescencia.T I T U L O  I

SISTEMA DE RESPONSABILIDAD PENAL  
PARA ADOLESCENTES Y OTRAS DISPOSICIONES

  Artículo 139. Sistema de responsabilidad penal para adolescentes. El sistema de responsabilidad penal para adolescentes es el conjunto de principios, normas, procedimientos, autoridades judiciales especializadas y entes administrativos que rigen o intervienen en la investigación y juzgamiento de delitos cometidos por personas que tengan entre catorce (14) y dieciocho (18) añosa¡ momento de cometer el hecho punible.(agresión y delitos mayores ) contra sus semejantes

CAPITULO III

Reparación del daño

  Artículo 169. De la responsabilidad penal. Las conductas punibles realizadas por personas mayores de catorce (14) años y que no hayan cumplido los dieciocho (18) años de edad, dan lugar a responsabilidad penal y civil, conforme a las normas consagradas en la presente ley.

      Artículo 171. De la acción penal. La acción penal será oficiosa salvo en aquellos delitos en los que exija su denuncia o querella.

CAPITULO V

Sanciones 


 
 
 
QUE NO TE PASE A TI 
 
 
 

  Artículo 177. Sanciones. Son sanciones aplicables a los adolescentes a quienes se les haya declarado su responsabilidad en hechos de agresión:

  1. La amonestación.

  2. La imposición de reglas de conducta.

  3. La prestación de servicios a la comunidad

  4. La libertad asistida.

  5. La internación en medio semi-cerrado.

  6. La privación de libertad en centro de atención especializado.

ESCUELA  NORMAL SUPERIOR “SANTIAGO DE TUNJA “

OFICINA DE CONSEJERIA

PSICOLOGIA EDUCATIVA